Siempre hubo leyes severas contra
la práctica del aborto en la humanidad. En el siglo XVIII a. C., el Código de
Hamurabi destacaba aspectos de la reparación debida a mujeres libres en casos
de abortos provocados, exigiendo el pagamiento de 10 siclos por el feto muerto.
En la Grecia antigua, las leyes de Licurgo y de Solón y la legislación de Tebas
y Mileto tipificaban el aborto como crimen. Hipócrates, una de las figuras más
importantes de la historia de salud, frecuentemente considerado “padre de la
medicina”, negaba el derecho al aborto y exigía de los médicos jurar no dar a
las mujeres bebidas fatales para la criatura en el vientre. En la Edad Media,
la Lex Romana Visigothorum editaba penas seberas contra el aborto.
El Código Penal francés de 1791,
en plena Revolución Francesa, determinaba que todos los cómplices de aborto
flagelados y condenados a 20 años de prisión. El Código Penal francés en 1810,
promulgado por Napoleón Bonaparte, preveía la pena de muerte para el aborto.
Posteriormente, la pena de muerte fue substituida por la prisión perpetua. Más
allá de eso, los médicos, farmacéuticos y quirúrgicos eran condenados a
trabajos forzados.
Si los dichos tribunales condenan
la práctica del aborto. “Las Leyes Divinas, a su vez, actúan inflexiblemente
sobre los que alucinadamente lo provocan. Fijan esas leyes en el tribunal de la
propia conciencia culpable, tenebrosos procesos de recate que pueden conducir
al cáncer y a la locura, ahora o más tarde.”
El primer país de la era del
pos-guerra a legalizar el aborto fue la Unión Soviética, en el 8 de noviembre
del 1920. Los hospitales soviéticos instalaron unidades especiales denominadas
abortorios, concebidas para realizar las operaciones en ritmo de producción en
masa. La segunda nación a legalizar el abortamiento fue Alemania Nazista, en
junio de 1935, mediante una reforma de la Ley para la Prevención de las
Dolencias Hereditarias para la Posteridad, que permitió la interrupción de la
gravidez de mujeres consideradas de “mala hereditariedad” (no-arianas” o
portadoras de deficiencia física o mental).
Entre 1996 y 2009, “al menos 47
de los 192 países de la ONU aprobaron leyes con artículos más liberales.” En todos los países de Europa, excepto Malta, el aborto no es penalizado en
situaciones controladas. Los países ibéricos son ejemplos de liberalización. En
el 2007, Portugal legalizó el aborto sin restricciones hasta la 10ª semana de
gestación y, después de ese periodo, en casos de mal-formación fetal, de
estupro o de peligros a la vida o salud de la madre. En España, una ley con
términos semejantes comenzó a vigorar en 2010.
Cuba es el único país hispánico
en que el aborto es legal sin restricciones. En Colombia, la Corte
Constitucional determinó en el 2006 que el aborto es legitimo en casos de
estupro, mal-formación fetal o de riesgos para la vida de la madre. Hasta
entonces, la práctica era prohibida en el país. Hay países en que el aborto era
totalmente ilegal, más pasó a ser aceptado en los últimos años si la madre
corre riesgo o si hubiera malformación fetal (en Ira) o en caso de estupro (en
Togo)
No nos engañemos, la medicina que
ejecuta el aborto en los países que ya legalizaron el asesinato del bebe en el
vientre materno es una medicina criminal. No hay ley humana que atenué esa
situación ante la Ley de Dios. En Brasil la tasa de interrupción del embarazo
supera la tasa de nacimiento. Esa situación hizo surgir en el país grupos
dispuestos a legalizar el aborto, tornarlo, accesible, higiénico, jurídicamente
“correcto”. Con todo, aunque eso vaya a ocurrir, JAMÄS olvidemos que el aborto
ilegal o legalizado SIEMPRE será un CRIMEN ante las Leyes Divinas.
Los abortistas evocan las pésimas
condiciones en que son realizados los procedimientos clandestinos. ¡Sin
embargo, en que pese a su veracidad, no nos engañemos, imaginando que el aborto
oficial irá a resolver la cuestión del asesinato de las criaturas en el útero;
al contrario, lo aumentará bastante! Y lo peor, continuará siendo practicado
por medios secretos y no controlados, pues la clandestinidad es cómplice del
anonimato y no exige explicaciones.
Entérese que si no hay
legislación humana que identifique de inmediato e innoble infanticidio, en los
reductos familiares o en la bruma de la clandestinidad, y a los que se sumergen
en la torpeza del aborto”los ojos divinos de Nuestro Padre si los contempla
desde el Cielo, llamando, en silencio, las pruebas del reajuste, a fin de que
se expurgue de la conciencia la falta indisculpable que perpetran.”
Chico Xavier dijo que “si en años
pasados hubiese la legalización del aborto, y si aquella que fue mi querida
madre entrase en la aceptación de semejante legalidad, legalidad profundamente
ilegal, yo no habría tenido mi actual existencia, en la que estoy aprendiendo a
conocer mi propia naturaleza y a combatir mis defectos, y a recibir el amparo
de tanto amigos, que como usted, como todos aquí, nos oyen y me auxilian tanto.
Hasta aun mismo ante el embarazo
resultante de la violencia sexual, “el Espiritismo, considerando el lado
trascendente de las situaciones humanas, estimula a la madre a llevar adelante
la gravidez y hasta aun mismo a la creación de aquel hijo, superando el trauma
del estupro, porque aquel Espíritu que reencarna tendrá, posiblemente un
compromiso pasado con la genitora.” Recordando también que “el gobierno
debería tener departamentos especializados de amparo material y psicológico a
todas las gestantes, en especial, a las que cargan la pesada prueba del
estupro.
Es absolutamente indefensable, es
inmoral la práctica del aborto “terapéutico”. ¿Por qué interrumpir el proceso
reparador que la vida impone al espíritu que se reencarna con deficiencia?
¿Será justo impedirlo de evolucionar, por el egoísmo de la gestante? Si el
aborto, en tiempos idos, era usado a pretexto de terapia, se debía a la falta
de conocimientos médicos. Evocamos en el contexto un aula inaugural del Dr.
Juan Batista Olivera y costa Junior a los alumnos de Derecho de la USP en 1965
(titulada “¿Por qué aun el aborto terapéutico?”). Juan Batista explico que el
aborto en cuestión “no es el único medio, al contrario, es el peor medio, o
mejor, no es medio alguno para salvarse la vida de la gestante.”
No imponemos anatemas a aquellos
que están bajo el impacto de conciencia febricitante cara al acto ya consumado,
hasta para que no caigan en la valla profunda del desaliento. Para quien ya se
equivoco, conviene recordar lo siguiente: errar es aprender, con todo, al revés
de quedarse en el remordimiento, precisan aprovechar la experiencia como una
buena oportunidad para el discernimiento en el mañana. Libertarse de la culpa
es, sin sombra de dudas, colocarse ante las consecuencias de los actos con la
disposición de resolverlas, imperiosamente.
La adopción de un niño abandonado
es excelente práctica de erguimiento moral. Se puede, también, hacer opción de
una actividad, donde se esté en contacto directo, cuerpo a cuerpo, con criaturas
carentes de cariño, de amparo, de calor, de cuidados personales en viveros, en
escuelas, en hospitales, en orfanatos, etc.
¡Meditemos sobre eso!
Jorge Hessen
jorgehessen.net
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